Es frecuente que aquellas empresas que contratan por primera vez los servicios de un asistente virtual se preocupen por la confidencialidad de la información y los datos que van a manejar estos asistentes.
¿Vulnera la contratación de este servicio el actual Reglamento General de Protección de Datos? Pues aunque ya te adelantamos que no lo hace, hoy hemos preparado este post para aclararte todas las dudas que puedan surgirte al respecto.
Asistentes virtuales y confidencialidad
La modalidad de outsourcing para empresas a través de asistentes virtuales es relativamente reciente, algo que ha hecho que no existan muchas referencias jurídicas al respecto.
Sí existen sobre los asistentes de voz y otras aplicaciones informáticas que hoy en día se utilizan como servicios de asistencia. De hecho, el pasado 7 de julio de 2021, el Comité Europeo de Protección de Datos adoptó una serie de directrices que regulan el acceso a los datos personales que tienen asistentes informáticos como Siri o Alexa.
El objetivo de estas directrices es proteger al usuario de las grandes compañías a las que pertenecen estas aplicaciones que se instalan en equipos que contienen mucha información de carácter confidencial.
Sin embargo, con los asistentes virtuales reales no existe este problema, todo lo contrario. No estamos ante aplicaciones que se instalan en dispositivos sino ante personas físicas que, por encima de todo, tienen un código deontológico de trabajo que les compromete a guardar total confidencial sobre la información que manejan cuando realizan su trabajo en remoto para otras empresas.
Además, tú como cliente vas a conocer telemáticamente a las personas que van a asistirte virtualmente, y podrás seleccionarlas en función de cómo hayan ido las primeras entrevistas. Y obviamente, también podrás decidir a cuánta información quieres que accedan.
Todo ellos, unido a que firmamos siempre un acuerdo de confidencialidad como te vamos a contar a continuación, y como seguramente hayan hechos tus trabajadores.
Contrato de confidencialidad para empezar a trabajar
Como te adelantamos, en Delegarte hemos redactado un acuerdo de confidencialidad que tanto nosotros como empresa como las personas que ejercerán de asistentes virtuales para ti firmaremos antes de iniciar cualquier outsourcing para empresas.
A través de este contrato de confidencialidad nos comprometemos a utilizar de manera correcta la información que manejemos de tu empresa, a no hacer un uso personal de la misma y a no transmitirla a nadie, ya se trate de información relacionada con clientes o con proveedores.
Además, te facilitamos los mecanismos que te resulten más cómodos y fiables a la hora de compartir datos con nuestros asistentes virtuales. Por ejemplo, puedes crear una carpeta en Google Drive en la que solo subirás la información a la que quieres que tenga acceso el asistente virtual. También podrás incluir permisos a documentos para que así sepas en todo momento a la información a la que acceden los asistentes virtuales.
Sobra decir que, por nuestra parte, nuestro compromiso es total y que nos comprometemos, como parte de nuestra filosofía y ética empresarial, a garantizar la confidencialidad y privacidad de aquella información que manejen nuestros asistentes virtuales para el desarrollo de su trabajo.
Si tienes cualquier duda al respecto o quieres plantearnos alguna cuestión por el tipo de datos a los que tendremos acceso si contratas nuestros servicios, no dudes en consultarnos. Desde Delegarte te lo ponemos muy fácil para que recurras al outsourcing para empresas con toda la confianza y tranquilidad que te mereces.
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